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¿La bonificación especial por desempeño del cargo forma parte de la remuneración de los servidores administrativos contratados y nombrados del Sector Educación? ¿Cómo se paga?

¿La bonificación especial por desempeño del cargo forma parte de la remuneración de los servidores administrativos contratados y nombrados del Sector Educación? ¿Cómo se paga?
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La bonificación especial por desempeño del cargo forma parte del Monto Único Consolidado (MUC). Corresponde a las entidades adoptar las acciones necesarias para abonar el MUC mensualmente.

Justificación

1. Bonificación especial por desempeño de cargo del 30% y 35%: La Resolución Ministerial N° 1445-90-ED dispuso el cumplimiento del Decreto Legislativo N° 608, que estableció la percepción de una bonificación por desempeño del cargo equivalente al 35% de la remuneración total para el grupo ocupacional Profesional y al 30% de la remuneración total para los grupos ocupacionales Técnico y Auxiliar, en favor del personal administrativo del Sector Educación bajo el régimen 276. Posteriormente, el Decreto Supremo N° 051-91-PCM extendió los alcances de la bonificación especial a los demás servidores de la Administración Pública, reconociendo el 35% de la remuneración a favor de los funcionarios y directivos, así como 30% a favor de los profesionales, técnicos y auxiliares. El Decreto Supremo N° 051-91-PCM precisó que las bonificaciones deben ser calculados en función de la remuneración total permanente.  

2. Marco normativo que regula los ingresos de personal del régimen 276: A partir de la emisión del Decreto de Urgencia N° 038-2019, los ingresos del personal vinculado al régimen 276 se rigen únicamente por lo establecido en aquel. Dicho Decreto de Urgencia regula los componentes y reglas sobre los ingresos correspondientes a los servidores públicos bajo el régimen 276 y es aplicable para los tres (3) niveles de gobierno (nacional, regional y local).

3. Ingreso de carácter remunerativo: Es el Monto Único Consolidado (MUC). El MUC es la remuneración del servidor público bajo el régimen 276, determinado mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la DGGFRH. Se encuentra afecto a cargas sociales y es de naturaleza pensionable. La bonificación especial por desempeño de cargo a la que hace referencia se consolidó en el MUC y, como tal, forma parte de los ingresos remunerativos del personal de dicho régimen. 

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