Sí, la asignación familiar tiene carácter remunerativo para todo efecto legal. Por lo tanto, forma parte de la base de cálculo para los beneficios sociales (gratificaciones, CTS, vacaciones) y está afecta a las retenciones de fondo de pensiones (AFP/ONP) y de salud (EsSalud).
Base Legal: Artículo 3 de la Ley Nº 25129



