¿Es factible incrementar o reajustar las remuneraciones de los servidores en las entidades públicas?
Respuesta: No. Los incrementos de ingresos de personal deben estar autorizados en norma con rango de Ley del Gobierno Central y exceptuadas de las prohibiciones presupuestarias en materia de personal.
Justificación:
- Prohibición de incrementos y reajustes de ingresos: La prohibición para cualquier incremento remunerativo las entidades de los tres niveles de gobierno se ha venido reiterando desde el año 2006 y se mantiene vigente.
- Aprobación de ingresos en materia de personal: Todo acto administrativo relacionado con los ingresos del personal, que no cuente con Ley o norma del mismo rango del Gobierno Central habilitante y crédito presupuestario, no son eficaces, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Recursos Humanos o los que hagan sus veces en la entidad.
Fuente: Opinión Nº 0092-2023-DGGFRH/DGPA



