Todas las empresas deberán abonar a los trabajadores la gratificación en la primera quincena de los meses de julio y de diciembre, según sea el caso.
Base legal: Artículo 5 de la Ley Nº 27735.

Todas las empresas deberán abonar a los trabajadores la gratificación en la primera quincena de los meses de julio y de diciembre, según sea el caso.
Base legal: Artículo 5 de la Ley Nº 27735.


