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¿Existe responsabilidad solidaria entre la empresa principal y la empresa de intermediación ante un incumplimiento de esta última con los trabajadores?

¿Existe responsabilidad solidaria entre la empresa principal y la empresa de intermediación ante un incumplimiento de esta última con los trabajadores?
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Sí,  ante el incumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social hacia los trabajadores destacados, la empresa usuaria tiene responsabilidad solidaria. 

Base legal: Artículo 25 de la Ley 27626 / artículo 26 del Decreto Supremo 003-2002-TR.

 

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