Sí, los trabajadores y conductores de la microempresa serán afiliados al SIS como mínimo, mientras que los trabajadores de la pequeña empresa serán asegurados regulares de ESSALUD.
Base legal: Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE artículo 63°

Sí, los trabajadores y conductores de la microempresa serán afiliados al SIS como mínimo, mientras que los trabajadores de la pequeña empresa serán asegurados regulares de ESSALUD.
Base legal: Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE artículo 63°


