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¿Es necesario la firma del trabajador en la boleta de pago?

¿Es necesario la firma del trabajador en la boleta de pago?
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No necesariamente, el pago de la remuneración se acredita con la boleta de pago firmada por el trabajador o con la constancia respectiva; sin embargo, cuando el pago se realice a través de las empresas del sistema financiero, no es necesario la firma del trabajador porque el pago se acredita con la constancia de depósito en su cuenta de ahorros. Cabe resaltar que si el empleador lo considera conveniente, la firma de la boleta por el trabajador será opcional. 

Base legal: Artículo 18 y 19 del Decreto Supremo 001-98-TR. 

 

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