- En los casos de inclusión o exclusión de los beneficiarios.
- En los casos de inclusión o exclusión de un trabajador de la póliza contratada.
- Modificación de los datos que se encuentran en el registro.
La actualización del registro obligatoria deberá realizarse en un plazo máximo de 5 días hábiles de haberse producido cualquiera de los puntos señalados anteriormente.
Base legal: Artículo 8 del Decreto Supremo 003-2011-TR.



