Los practicantes de la Ley Nº 28518 tienen derecho a media subvención económica cada seis meses de prácticas, ya sean pre profesionales o profesionales.
Además, si cumplen 12 meses de prácticas, tienen derecho a otra media subvención económica por 15 días de goce físico.
Base Legal: Art. 34 D.S 007-2005-TR de la Ley Nº 28518.



