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Emisión de certificados de trabajo ante la extinción de la entidad

Emisión de certificados de trabajo ante la extinción de la entidad
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La oficina de recursos humanos o la que haga sus veces de la entidad, tiene a su cargo, como parte del proceso de “administración de personas”, la competencia para emitir certificados de trabajo, gestionar las entregas de cargo, emitir constancias de liquidación de vacaciones, entre otras acciones, únicamente respecto de sus servidores y ex servidores; por lo que no resulta posible que una entidad pública distinta a la que tenía la condición de entidad empleadora (por ejemplo, ante el supuesto de extinción de la referida entidad empleadora) lleve a cabo dichas acciones, máxime si no cuenta con habilitación legal para dichos efectos. 

Sin perjuicio de lo señalado, es preciso indicar que cualquier persona interesada puede solicitar, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Certificado Único Laboral que es el documento electrónico que contiene la información necesaria para facilitar la contratación laboral de las personas de dieciocho (18) años a más; el cual contiene la experiencia laboral del solicitante, que ha sido registrada por los empleadores públicos o privados respecto al periodo laboral de los trabajadores en el Sistema de Planillas Electrónicas. 

En ese sentido, y de acuerdo a lo expuesto, la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces de la entidad, tiene a su cargo, como parte del proceso de administración de personas, la competencia para emitir certificados de trabajo, gestionar las entregas de cargo, emitir constancias de liquidación de vacaciones, entre otras acciones, únicamente respecto de sus servidores y ex servidores; por lo que no resulta posible que una entidad pública distinta a la que tenía la condición de entidad empleadora (por ejemplo, ante el supuesto de extinción de la referida entidad empleadora) lleve a cabo dichas acciones, máxime si no cuenta habilitación legal para dichos efectos.

Finalmente, en la línea de lo señalado en el Informe Técnico N° 000282-2024-SERVIR-GPGSC, cualquier persona interesada puede solicitar, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el denominado Certificado Único Laboral – CUL, que es el documento electrónico que contiene la información necesaria para facilitar la contratación laboral de las personas de dieciocho (18) años a más, el cual contiene la experiencia laboral del solicitante, que ha sido registrada por los empleadores públicos o privados respecto al periodo laboral de los trabajadores en el Sistema de Planillas Electrónicas.

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