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¿El trabajador puede vender sus vacaciones?

¿El trabajador puede vender sus vacaciones?
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Sí, solo parcialmente. Puede vender como máximo 15 días, siempre que haya gozado mínimo 15 días de descanso físico. Se conoce como reducción del descanso vacacional.

BASE LEGAL: Artículo 23 del Decreto Legislativo N.º 713



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