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El Sr. Juan cuenta con un pequeño negocio y desea saber si se encuentra obligado a otorgar el descanso cuando es un feriado regional.

El Sr. Juan cuenta con un pequeño negocio y desea saber si se encuentra obligado a otorgar el descanso cuando es un feriado regional.
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No, en caso de feriados regionales el descanso se encuentra supeditado a elección del empleador debiendo ser compensadas dentro de la semana siguiente o en la oportunidad que acuerden las partes.

Base legal: Artículo 7 del Decreto Supremo N° 012-92-TR.

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