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¿El empleador está obligado a pagar la asignación familiar de forma retroactiva si el trabajador no informó a tiempo que tenía un hijo?

¿El empleador está obligado a pagar la asignación familiar de forma retroactiva si el trabajador no informó a tiempo que tenía un hijo?
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No. El pago de la asignación familiar se genera a partir del momento en que el trabajador comunica y acredita documentalmente (con la partida de nacimiento o DNI) la existencia de su hijo ante el empleador. Si el trabajador omitió informar el nacimiento, no puede exigir el pago de los meses anteriores a dicha comunicación.


Base Legal: Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 035-90-TR.



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