Según articulo 2 el Decreto de urgencia N° 043-2019 el aporte mensual al Seguro de Salud para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, es de seis por ciento (6%) de la remuneración en el mes por cada trabajador.
Con reajustes siguientes:
a) Siete por ciento (7%) a partir del 1 de enero de 2025
b) Ocho por ciento (8%) a partir del 1 de enero de 2027
C) Nueve por ciento (9%) a partir del 1 de enero del 2029



