El descanso vacacional es un derecho laboral que consiste en un periodo de descanso remunerado al que tienen derecho los trabajadores tras haber cumplido un determinado tiempo de trabajo continuo. En el caso de Perú, este derecho está regulado por el Decreto Legislativo N° 713, que establece las normas para las vacaciones anuales de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.
De acuerdo con el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 713, todo trabajador tiene derecho a 30 días calendario de descanso vacacional remunerado por cada año completo de servicios; para acceder al descanso vacacional completo (30 días), el trabajador debe haber cumplido con un año de trabajo y haber laborado un mínimo de:
- 260 días si trabaja una jornada de seis días a la semana.
- 210 días si trabaja una jornada de cinco días a la semana.
- Si la jornada es de solo cuatro o tres días a la semana o sufra paralizaciones temporales autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, los trabajadores tendrán derecho al goce vacacional, siempre que sus faltas injustificadas no excedan de diez en dicho período. Se consideran faltas injustificadas las ausencias no computables para el récord conforme al artículo 13 de esta Ley.



