Toda trabajadora tiene derecho a gozar de una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que su hijo cumpla un año de edad, permiso que debe ejercerse dentro de la jornada de trabajo; y, además tiene derecho a acudir al lactario institucional durante el horario de trabajo, siendo ambos derechos irrenunciables e independientes, debiéndose considerar dicho periodo como tiempo efectivo de labores para el goce de cualquier beneficio correspondiente al régimen laboral.
Informe Técnico N°001568-2024-SERVIR/GPGSC



