Si bien es cierto, por parte del ciudadano cumpliría con acreditar su calidad migratoria habilitante pero no podemos olvidar que también el empleador debe respetar los porcentajes limitativos que la norma señala; que solo podrá contratar hasta máximo el 20% sobre el total de trabajadores nacionales.
Deseamos contratar a un extranjero de ciudadanía venezolana, acaba de tramitar su Permiso Temporal de Permanencia, ¿esto es suficiente para contratarlo?

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