No existe diferencia funcional entre ellos. Corresponden al mismo registro, sólo se refiere a una modificación de denominación realizado por el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1295 (*), precisando que toda referencia al Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD), ahora sea referido al Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC).
(*) Modifica el Artículo 242 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Establece Disposiciones para Garantizar la Integridad en la Administración Pública publicada en el diario oficial El Peruano en fecha 30 de diciembre de 2016
Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir)
