Si la empresa discrepa con el cálculo del inspector, tiene 15 días hábiles para presentar su apelación, debiendo sustentar contablemente que su Declaración de Renta es la correcta.
Base legal: T.U.O. de la Ley N.º 27444.

Si la empresa discrepa con el cálculo del inspector, tiene 15 días hábiles para presentar su apelación, debiendo sustentar contablemente que su Declaración de Renta es la correcta.
Base legal: T.U.O. de la Ley N.º 27444.


