El monto debe garantizar el pago de un mes de remuneraciones y parte proporcional del mes de los derechos y beneficios laborales aplicables a la totalidad de trabajadores destacados.
Base legal: Artículo 19 del Decreto Supremo 003-2002-TR.

El monto debe garantizar el pago de un mes de remuneraciones y parte proporcional del mes de los derechos y beneficios laborales aplicables a la totalidad de trabajadores destacados.
Base legal: Artículo 19 del Decreto Supremo 003-2002-TR.