No, en caso los trabajadores del hogar gozarán de una jornada de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales, no podrá pagarle menos de una
remuneración mínima vital (930.00 soles).
Base legal: Artículo 6 de la Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar.



