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Contamos con un practicante pre profesional bajo la Ley 28518 y ya va a cumplir seis meses practicando pero desea renunciar al término de este convenio ¿Qué beneficio cuenta el practicante a su cese?

Contamos con un practicante pre profesional bajo la Ley 28518 y ya va a cumplir seis meses practicando pero desea renunciar al término de este convenio ¿Qué beneficio cuenta el practicante a su cese?
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Los practicantes de la Ley 28518 tienen derecho a media subvención económica cada seis meses de prácticas, con esto se estaría reconociendo uno de sus beneficios acorde a su propia normativa.

Base Legal: Art. 34 D.S 007-2005-TR de la Ley 28518

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