Los cargos de confianza se caracterizan por ser de libre designación y remoción; en consecuencia, la pérdida o retiro de confianza faculta a la entidad a disponer la remoción o conclusión de la designación del servidor que los ocupa, lo que puede implicar la extinción del vínculo laboral, salvo que, se trate de un servidor que haya sido promovido a un cargo de confianza, corresponderá su retorno al puesto o a las funciones que venía desempeñando con anterioridad a dicha designación.
Conforme a lo establecido por el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente N° 03563-2019-PA/TC, las entidades pueden aplicar a las servidoras gestantes lo dispuesto en el inciso h) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1057, siempre que se acredite la existencia de una causa justa que no guarde relación con su condición de embarazo ni con el ejercicio del permiso por lactancia.
INFORME TECNICO N°000218-2026-SERVIR/DPGSC



