Deben constar en un registro de control de asistencia, el cual debe ser revisado periódicamente por el empleador.
Base legal: Artículo 7 del D.S. N.º 004-2006-TR.

Deben constar en un registro de control de asistencia, el cual debe ser revisado periódicamente por el empleador.
Base legal: Artículo 7 del D.S. N.º 004-2006-TR.


