El monto a distribuir se determinará de la siguiente forma:
- 50% en función de los días trabajados
- 50% en función a las remuneraciones percibidas por el trabajador
Base legal: Artículo 2 del Decreto legislativo 892.

El monto a distribuir se determinará de la siguiente forma:
Base legal: Artículo 2 del Decreto legislativo 892.


