Previa coordinación con cada usuaria, se debe reconocer no menos de una hora diaria para la extracción de leche materna, computada como tiempo efectivamente laborado y sin incluir el tiempo de desplazamiento. Este tiempo se puede fraccionar en dos bloques de treinta minutos o en tres de veinte minutos, según la necesidad de la usuaria.
Base legal: Artículo 21 del D.S. N.° 023-2021-MIMP.



