Si mi trabajador ingresó a laborar el 10 de julio y está cesando el 5 de diciembre,
¿Cómo cálculo su gratificación trunca?
En el caso de gratificaciones truncas, el pago será en base al mes calendario completo trabajador.
Base legal: Artículo 5° de las Disposiciones Normas Reglamentarias de la Ley que regula el Otorgamiento de Gratificaciones para Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002- TR.



