El ingreso a la Administración Pública se efectúa por concurso público de méritos en el marco de un régimen de igualdad de oportunidades y de conformidad con los principios de mérito y capacidad de personas, que rigen en el ordenamiento jurídico y proscriben cualquier afectación al derecho de todo ciudadano a la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público.
Las bonificaciones aplicables en los concursos públicos de méritos para el ingreso a la Administración Pública son aquellas establecidas por ley, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 40 de la Constitución Política del Perú; por lo que, no podría crearse bonificaciones por normas de menor jerarquía.



