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Acceso al servicio civil

Acceso al servicio civil
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El acceso al servicio civil, indistintamente del régimen laboral al que se vincule el servidor (Decretos Legislativos Nos 276, 728 o 1057), se realiza necesariamente por concurso público de méritos, en un régimen de igualdad de oportunidades, de acuerdo con los principios de mérito y la capacidad de las personas, con excepción de los puestos de confianza, los mismos que deben estar previstos en los documentos de gestión interna de la entidad (Cuadro para Asignación de Personal - CAP, Manual de Organización y Funciones - MOF o Cuadro de Puestos de la entidad - CPE), para los cuales no se exige dicho proceso de selección.

Corresponderá al Comité de Selección, de acuerdo a sus facultades establecidas, valorar los documentos que acrediten la experiencia laboral en el marco de un concurso público de méritos (tales como constancias o certificados de trabajo, términos de referencia, contratos, órdenes de servicio, entre otros documentos).

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