Noticias | Laboral

¿Cuántas inasistencias injustificadas puede tener un trabajador sin que sea despedido?

Para que la empresa pueda despedirlo por tardanza, usted tendría que haber sumado cinco días de impuntualidad en un periodo de 30 días.

¿Cuántas inasistencias injustificadas puede tener un trabajador sin que sea despedido?
53 vistas

Si usted no pudo ir a trabajar porque se enfermó pero cuenta con el descanso médico por unos días, puede presentar esta documentación a su empleador para que no se le descuente su remuneración.

Si bien la constancias de descanso médico se presentará cuando se reincorpore a sus labores (en caso no sea más de tres días), una vez que conozca su diagnostico y el número de días de descanso, deberá comunicárselo a su empleador para que éste no considere su inasistencia como abandono de puesto.

Miguel Rubio, gerente senior del Área Laboral de EY, señaló que un trabajador puede tener faltas injustificadas pero no representará causal de despido siempre que esté dentro de los límites de acuerdo a ley.

Así por ejemplo, puede tener dos días consecutivos de inasistencia injustificada o hasta cinco inasistencias no consecutivas en un mes.

"Si se tiene inasistencias injustificadas por tres días consecutivos es considerado abandono de trabajo. Si las ausencias son por más de cinco días en un período de 30 días calendario o mas de 15 días en un período de 180 días calendario, serán consideradas como falta grave, por lo que el empleador puede proceder al despido", detalló en gestión.pe.

"Puede tener cinco días de inasistencia pero el empleado debe estar en la capacidad de justificar esas faltas", agregó Rubio.

Cabe precisar que la inasistencia es la ausencia a laborar que no ha sido justificada por el trabajador dentro de los tres días hábiles siguientes a producida la inasistencia.

Tardanzas Si el trabajador tiene tardanzas en reiteradas ocasiones también es considerada como una falta grave, por lo que se le descontará al trabajador la parte proporcional de su sueldo, precisa Rubio.

Para que la empresa pueda despedirlo por tardanza, usted tendría que haber sumado cinco días de impuntualidad en un periodo de 30 días.

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en esta publicación. ¡Sé el primero en participar!