Resumen: La CORPORACIÓN DIAMANTE JUBERS S.A.C., (en adelante, la impugnante) interpone un recurso de revisión en contra de la Resolución de Intendencia Nº 25-2022-SUNAFIL/IRE-AYAC, de fecha 05 de mayo de 2022 (en adelante, la resolución impugnada), en ese sentido, se establecen como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos 6.20, 6.38, 6.39 y 6.40 de la presente resolución, los mismos que hacen referencia al registro del control de asistencia y el principio de irrenunciabilidad de derechos laborales.
Resolución de la Sala Plena N° 010-2023-SUNAFIL/TFL : ¿Se puede reemplazar el registro de asistencia con las hojas de tareo?
Resolución de la Sala Plena N° 010-2023-SUNAFIL/TFL

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