A través de la Ley Nº 31561 (Publ. 16-08-2022, Vig. 17-08-2022), se establece que las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
De este modo, las aseguradoras, sean públicas o privadas, incorporan en sus planes de seguro y que requiere indicación del médico tratante lo siguiente:
a) Cirugía reconstructiva para las pacientes con cáncer de mama que hubieran tenido una mastectomía parcial o total.
b) Procedimientos quirúrgicos que contemplen la posibilidad de dispositivos médicos según el tipo de cáncer que padezca el paciente.
c) Tratamientos especializados que contribuyan a la rehabilitación física, psicológica y psiquiátrica.
Asimismo, los establecimientos de salud públicos o privados establecen un procedimiento para la atención prestacional prioritaria de los pacientes con diagnóstico oncológico.
Ley de prevención del cáncer en las mujeres (atención especializada oncológica)
Ley Nº 31561.


Araceli Naysha Huayta AyalaAsesoría Tributaria
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