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Dictan disposiciones reglamentarias para el Aguinaldo de Fiestas Patrias

Decreto Supremo N° 150-2023-EF

Dictan disposiciones reglamentarias para el Aguinaldo de Fiestas Patrias
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Por vía del Decreto Supremo N° 150-2023-EF (publ. 13-07-2023, vig. 14-07-2023) se dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias hasta por la suma de S/. 300.00 (TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES) el cual se abona por única vez en la planilla de pagos del mes de julio de 2023 a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, la Ley 29944 y la Ley 30512, los docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220, el personal de salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153, los obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091
 

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