Mediante la Resolución N° 0383-2023/SEL-INDECOPI (publ. 10-08-2023, vig.11-08-2023) se declara barrera burocrática ilegal el plazo para la rectificación de la planilla electrónica para que Essalud asuma el pago de las prestaciones de recuperación de los trabajadores contenido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Modernización de Seguridad Social en el Salud debido a que contraviene al artículo 43 del TUO del Código Tributario, el mismo que otorga un plazo de 4 años para ser rectificadas.
Declaran barrera burocrática ilegal el plazo para la rectificación de la planilla electrónica
Resolución N° 0383-2023/SEL-INDECOPI


Oscar Daniel Maquera MontoyaAsesor Tributario
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