La Constitución, para la salvaguardia del estado de derecho y la mayor eficiencia en la ejecución de algunas labores, ha constituido algunos organismos autónomos, que no dependen de ninguno de los poderes del Estado.
Los organismos constitucionales autónomos, son los siguientes:
- Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
- Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
- Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
- Tribunal Constitucional (TC)
- Ministerio Público Fiscalía de la Nación (MPFN)
- Defensoría del Pueblo (DP)
- Contraloría General de la República (CGR)
- Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBSy AFP)
- Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)
- Junta Nacional de Justicia (JNJ)



