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¿Cuál es el procedimiento a seguir para solicitar un BdR?

¿Cuál es el procedimiento a seguir para solicitar un BdR?
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El afiliado presentará su solicitud ante su AFP. Esta revisará dicha solicitud examinando los requisitos formales y en caso incumpla alguno de estos podrá rechazarla, orientando al afiliado sobre la forma de subsanarlo, si fuera el caso.

La AFP remitirá la solicitud a la ONP en un plazo máximo de 60 días calendario a partir de la fecha de recepción.

Recibida la solicitud, la ONP realizará la emisión de la constancia de bono en un plazo máximo de 90 días calendario contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud por parte de la AFP.

La ONP comunicará a la AFP sobre la emisión o no del bono y ésta a su vez informará al afiliado. El afiliado podrá iniciar el trámite de reconsideración, en caso se haya determinado que no tiene derecho a bono, o para formular observaciones al monto del bono, en un plazo de 80 días calendario desde la notificación.

La ONP tiene hasta 60 días hábiles para resolver el recurso presentado. El afiliado cuenta con 15 días desde la notificación de la resolución de la ONP para impugnarla.

Una vez emitido el bono, la AFP será responsable de guardarlo (custodia), debiendo notificar al trabajador sobre las características del mismo.

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