Por el retraso en el pago mensual de una (1) cuota, según el calendario de pagos establecido por beneficiario/a, se emite requerimiento escrito por incumplimiento, remitiéndose copia de la misma comunicación al aval.
Por el incumplimiento en el pago de dos (2) cuotas consecutivas, SERVIR trasladará la totalidad de la deuda a ejecución inmediata, dando inicio a las acciones ejecutivas del título valor en vía judicial para la recuperación del crédito vencido. Adicionalmente, este incumplimiento será reportado a las centrales de riesgo del sistema financiero nacional.
