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Aprobación de instrumentos de gestión municipal

Aprobación de instrumentos de gestión municipal
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El Plan de Desarrollo Concertado, el Presupuesto Institucional, así como el Plan Estratégico Institucional (PEI), son aprobados por el concejo municipal. El Plan Operativo es aprobado por el titular del pliego (Alcalde).

El POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual hasta el 30 de abril. 

En relación al PEI, en la guía metodológica para el planeamiento institucional del CEPLAN hace mención a que dicho documento es aprobado mediante resolución del titular del pliego, no obstante interpretamos que dicha indicación está dirigida a los sectores, ya que es atribución del Concejo Municipal aprobar el PEI, en todo caso, la Resolución a que hace referencia la Guía de CEPLAN solo ratificaría lo ya establecido por el Acuerdo de Concejo.

(Base legal: Artículo 9° numerales 1, 2 y demás de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades)

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