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OSCE dispone el uso de la firma digital para las solicitudes del Certificado Seace

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) modificó la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD que establece el uso de la firma digital para las solicitudes del Certificado Seace.

OSCE dispone el uso de la firma digital para las solicitudes del Certificado Seace
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A fin de potenciar la seguridad e impulsar la transparencia en las compras públicas, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) modificó la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD - "Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace)", mediante la Resolución Nº 000099-2023-OSCE-PRE, publicada el 04 de mayo de 2023 en el Diario Oficial El Peruano.
 
A través de esta modificación, se busca contribuir a mejorar los controles sobre la administración del Certificado Seace y del Registro de Entidades Contratantes, para lo cual se ha previsto el uso de la firma digital de forma obligatoria en las siguientes solicitudes: 
  • Formato A: Solicitud de inscripción, actualización y desactivación de Entidades en el REC. Funcionario que suscribe: Titular de la entidad o funcionario delegado.
  • Formato B: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para Entidades Contratantes. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
  • Formato C: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para ejercer control, fiscalización y seguimiento. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
  • Formato E: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para proveedor exceptuado – Entidad del Estado. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
  • Formato H: Solicitud de atención de corrección de datos en el Seace. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
Asimismo, a efectos de fomentar que los operadores del Seace posean las competencias necesarias, se establece como requisito para la obtención del Certificado Seace que los “funcionarios – usuarios”  cuenten con la Certificación de profesional o técnico otorgado por el OSCE. La implementación de esta medida se realiza de manera progresiva, conforme a los cronogramas que publique el OSCE. 
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