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Norma regula alcances de la comisión de transferencia para gobiernos regionales y locales

El Ejecutivo oficializó hoy la ley que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y gobiernos locales, a fin de precisar disposiciones referidas a la comisión de transferencia.

Norma regula alcances de la comisión de transferencia para gobiernos regionales y locales
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La Ley Nº 31771, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el segundo párrafo del artículo 3, y los artículos 4, 5 y 12 de la Ley 30204, Ley que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y gobiernos locales.
 
Entre otros aspectos, se señala que el procedimiento de transferencia de la gestión administrativa es de interés público y de cumplimiento obligatorio.
 
Para ello, el gobernador regional o alcalde en ejercicio que culmina su mandato, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la proclamación de las autoridades electas, convocará al gobernador regional o alcalde electo para conformar e instalar la comisión de transferencia, cuya finalidad es constatar la existencia de la información y documentación que sustenta la transferencia de la gestión administrativa.
 
Comisión de transferencia 
 
La comisión de transferencia culmina su función con la suscripción del acta de transferencia, la cual se realiza a más tardar al quinto día hábil del inicio de la nueva gestión.
 
Al acta de transferencia se anexará el último informe de rendición de cuentas y transferencia, con fecha de corte hasta el último día del ejercicio del cargo de la autoridad saliente, señala el dispositivo.
 
La norma indica también que la comisión de transferencia estará conformada por el gobernador regional o el alcalde en ejercicio, quien la preside; y el gobernador regional o el alcalde electo.
 
Asimismo, por dos representantes de la autoridad en ejercicio, uno de los cuales es el gerente general regional o gerente municipal, o el que haga sus veces; y dos representantes de la autoridad electa. Con el acuerdo de ambas partes, se establece la forma de funcionamiento de la comisión, así como la posibilidad de ampliar el número de miembros.
 
La ley lleva la firma de la presidenta de la república, Dina Boluarte; y de la ministra de la Mujer, Nancy Tolentino, como encargada de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
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