RESOLUCIÓN MINISTERIAL N.º 282-2019-MINAMLima, 20 de setiembre de 2019VISTOS; el Informe N.° 00007-2019-MINAM/ VMDERN-DOJJ y el Memorando N.° 00777-2019-MINAM/ VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; y el Informe N° 00468-2019/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N.° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente - MINAM, establece que el MINAM tiene como función general diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, los literales h) e i) del artículo 7 del Decreto Legislativo N.° 1013, establecen que el MINAM tiene como funciones, entre otras, la de dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE - de carácter nacional, y evaluar las propuestas de establecimiento de áreas naturales protegidas a fin de proponerlas al Consejo de Ministros para su aprobación;[…]SE RESUELVE:
Artículo 1. Creación del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de trabajo multisectorial de carácter temporal encargado de recopilar, analizar y sistematizar la información técnico – científica y sobre los derechos involucrados para efectos de sustentar el establecimiento de una Reserva Nacional para la conservación de los montes submarinos de la Dorsal de Nasca, ubicados frente a la costa de Ica, dependiente del Ministerio del Ambiente.[…]




