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¿Qué es el canon?

Participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales

¿Qué es el canon?
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Es la participación de la que gozan los gobiernos locales (municipalidades provinciales y distritales) y los gobiernos regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado, por la explotación económica de los recursos naturales. (Artículo 77° de la Constitución Política: “corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon”).
 
Los tipos de canon existentes son:
 

Canon Minero: es la participación de la que gozan los Gobiernos Locales y Regionales sobre los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no metálicos.
Canon Hidroenergético: es la participación de la que gozan los Gobiernos Regionales y Locales sobre los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la utilización del recurso hídrico en la generación de energía eléctrica.
Canon Gasífero: es la participación que perciben las circunscripciones donde está ubicado geográficamente el recurso natural sobre los ingresos que percibe el Estado en la explotación de gas natural y condensados.
Canon Pesquero: es la participación de la que gozan las circunscripciones sobre los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación de los recursos hidrobiológicos provenientes de las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas y continentales, lacustres y fluviales, y de aquellas empresas que además de extraer estos recursos se encarguen de su procesamiento.
Canon Forestal: es la participación de la que gozan las circunscripciones del pago de los derechos de aprovechamiento de los productos forestales y de fauna silvestre, así como de los permisos y autorizaciones que otorgue la autoridad competente.
Canon y Sobrecanon Petrolero: Es el derecho de las zonas donde los recursos naturales están ubicados de participar adecuadamente en la renta que produce la explotación de petróleo, gas natural asociado y condensados.

 
Los cinco primeros son regulados por las Leyes Nº 27506, 28077, 28322 y 30848; mientras que el denominado Canon y Sobrecanon Petrolero se regula mediante legislación especial para cada departamento.; mientras que el Canon y Sobrecanon Petrolero se regula mediante legislación especial para cada departamento.

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