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Medidas extraordinarias de carácter temporal para mototaxis en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios

Establecen medidas extraordinarias en materia económica y financiera para conductores de vehículos automotores menores de categoría L5 (mototaxis) que operan en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de dios.

Medidas extraordinarias de carácter temporal para mototaxis en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios
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El 18 de setiembre del 2026, se publicó el Decreto de Urgencia Nº 011-2026, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para conductores de vehículos automotores menores de categoría L5 (mototaxis) que operan en los departamentos de Loreto Ucayali y Madre de Dios.Dicha norma mitigara el incremento del costo de los combustibles (subsidio), mediante un mecanismo focalizado y trazable dirigido a los conductores de mototaxis, en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios y que cumplan condiciones establecidas.El subsidio económico consiste en la entrega de un importe equivalente a S/ 4.00 (cuatro y 00/100 soles) por galón de combustible (gasohol o gasolina) adquirido por el conductor beneficiario. Dicho subsidio está sujeto a un tope máximo de S/ 100.00 (cien y 00/100 soles) mensuales por cada beneficiario.Los proveedores (distribuidos mayorista y/o minorista): deben contar con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos para la comercialización de combustibles emitida por el OSINERGMIN. La adquisición del volumen de combustible debe respaldarse mediante comprobantes de pago electrónicos.Las condiciones establecidas, para los beneficiarios, son las siguientes:a) Contar con un vehículo automotor menor de categoría L5 (mototaxi); identificado mediante su Placa Única Nacional de Rodaje;b) Contar con DNI vigente;c) Contar con licencia de conducir vigente de Clase B, Categoría II-C;d) Contar con seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) vigente o, según corresponda, con certificado contra accidentes de tránsito (CAT) vigente emitido por una Asociación de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT);El procedimiento para el acceso al subsidio, se realiza en aplicativo para el registro de los conductores de mototaxis. A través de dicho aplicativo, se determina si el conductor se encuentra habilitado para ser beneficiario del subsidio en línea con el cumplimiento de las condiciones e. Asimismo, mediante el aplicativo se determina el monto del subsidio correspondiente a cada beneficiario, de acuerdo con las condiciones y límites establecidos. El subsidio se otorga, como máximo a dos (2) conductores asociados a un vehículo registrado en el aplicativo. No corresponde otorgar un nuevo subsidio respecto del mismo vehículo, aun cuando se efectúen modificaciones o actualizaciones en la información consignada en el aplicativo.
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