Comentarios legales | Gubernamental

Implicancias del Estado de Emergencia en las cárceles de alta peligrosidad

La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas que incluyen la protección del perímetro circundante de los establecimientos penitenciarios

Implicancias del Estado de Emergencia en las cárceles de alta peligrosidad
20 vistas

El 03 de noviembre se publicó el Decreto Supremo Nº 148-2026-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los establecimientos penitenciarios de alta peligrosidad a nivel nacional. Donde se establece que a partir del 5 de noviembre de 2026 se prorroga por sesenta (60) días calendario, por la persistencia de la perturbación de la paz y el orden interno.

El Estado de Emergencia prorrogado comprende los establecimientos penitenciarios de Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones. También incluye el perímetro exterior circundante al establecimiento penitenciario, hasta un radio de doscientos metros desde sus límites exteriores. La Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, despliega operativos permanentes para garantizar la seguridad de los establecimientos penitenciario a los que se refiere el presente Decreto Supremo y la protección de sus perímetros y áreas de intangibilidad, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

La Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, despliega operativos permanentes para garantizar la seguridad de los establecimientos penitenciario referidos y la protección de sus perímetros y áreas de intangibilidad, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

Las intervenciones de la Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas podrán incluir:Protección, seguridad y control de las áreas de intangibilidad y del perímetro exterior circundante al establecimiento penitenciario, hasta un radio de doscientos metros desde sus límites exteriores, incluyendo, de ser el caso, la protección de su espacio aéreo y espectro electromagnético inmediato,.El control de acceso de todas las personas a los establecimientos penitenciarios.

Operativos permanentes de incautación de tarjetas SIM (chips) telefónicos, teléfonos, armas blancas, y demás artículos prohibidos, en coordinación con el Grupo de Operaciones Especiales (GOES) del INPE.Acciones de inteligencia, a fin de prevenir fugas, alteración del orden y actividades delictivas en los establecimientos penitenciarios.

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en esta publicación. ¡Sé el primero en participar!

Últimas noticias