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Establecen medidas para combatir los delitos de extorsión y sicariato que afectan a las empresas de transporte público y transporte de mercancías

El Congreso ha publicado, ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías.

Establecen medidas para combatir los delitos de extorsión y sicariato que afectan a las empresas de transporte público y transporte de mercancías
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El Congreso de la República publicó la Ley N° 32490, que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancíasLa norma tiene por finalidad garantizar la continuidad y seguridad del servicio de transporte público y transporte de mercancías mediante "acciones que comprenden medidas de prevención y preparación —antes del delito—, respuesta y atención inmediata —durante el delito— y reactivación del servicio y recuperación de la capacidad económica de las empresas de transporte público".

Las medidas extraordinarias de prevención y preparación, tienen por finalidad reducir el riesgo y prevenir la ocurrencia de actos de extorsión y sicariato, mediante el fortalecimiento de la seguridad económica, institucional y operativa de las empresas de transporte público, a través de acciones de prevención financiera, seguridad operativa, inteligencia en la prevención de delito, capacitación empresarial y apoyo financiero preventivo.

Prevención financiera y control de flujosSeguridad operativa del transporte público y certificación de rutas segurasInteligencia y mapas de riesgoCapacitación en detección y denuncia.

Las medidas extraordinarias de respuesta y atención, tienen por objetivo actuar con rapidez, eficacia y coordinación interinstitucional, a fin de garantizar la protección de las víctimas, la continuidad del servicio y la identificación y persecución del delito.

Respuesta policial inmediataProtección a víctimasInvestigación policial y fiscal coordinadaContinuidad del servicioApoyo comunicacionalLas medidas extraordinarias de reactivación y recuperación, tienen por objetivo restablecer la capacidad económica y social de las empresas de transporte afectadas, así como reducir la impunidad y fortalecer la confianza pública.

Apoyo financiero postdelitoReparación integralReinserción laboral y psicológicaReactivación del servicioObservatorio nacionalAsimismo, se establece la extinción de dominio a favor del Estado sobre los bienes, fondos, instrumentos financieros o valores que se encuentren en cuentas bancarias, billeteras electrónicas u otros medios de pago digitales que hayan sido utilizados, directa o indirectamente, para recibir, transferir o administrar recursos provenientes de actos de extorsión o sicariato, o de cualquier otra actividad delictiva vinculada a dichos delitos.

La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) remite al Ministerio Público, a través de un reporte UIF, la información que sustente la existencia de operaciones sospechosas, a efectos de que el fiscal competente solicite la medida cautelar correspondiente ante el órgano jurisdiccional especializado en pérdida de dominio. Cuando los fondos o activos se hubiesen mezclado con bienes de origen lícito, la pérdida de dominio se limita a la porción razonablemente identificada como ilícita, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan al tercero de buena fe que acredite titularidad legítima y diligencia debida.

Los bienes o recursos extinguidos son administrados por la Unidad de Administración de Bienes Incautados y en Pérdida de Dominio, y su producto se destina al fondo de riesgo y garantía estatal para proteger las unidades de transporte público en casos de amenazas o atentados vinculados a la extorsión sicariato y prioritariamente a la protección de víctimas, la reparación de las empresas de transporte afectadas y el fortalecimiento del sistema nacional de prevención y lucha contra la extorsión y el sicariato.

Por último, se crea el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES), con ámbito nacional, conformado por personal de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público y del Poder Judicial, rigurosamente seleccionado sobre la base de méritos comprobados en la lucha contra dichos delitos. Sus integrantes están obligados a someterse, de manera semestral o cuando resulte necesario, a la prueba del polígrafo. Además, se encuentran bajo un régimen especial de remuneración, seguridad y evaluación semestral de desempeño.

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