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Declaratoria de estado de emergencia por impacto de la erupción del volcán Ubinas en varios distritos de algunas provincias del departamento de Puno

Mediante Decreto Supremo N.º 129-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 22 de julio del 2019, se declara el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de algunas provincias del departamento de Puno.

Declaratoria de estado de emergencia por impacto de la erupción del volcán Ubinas en varios distritos de algunas provincias del departamento de Puno
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DECRETO SUPREMO N.º 129-2019-PCMEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el 19 de julio de 2019, a las 02:30 horas aproximadamente, se produjo una explosión en el volcán Ubinas, dispersando cenizas hacia el Sur y Sureste de la región, causando daños a la vida, salud, viviendas y agricultura de las poblaciones de los departamentos de Moquegua, Arequipa y Tacna; Que, frente a dicha situación se ha declarado el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Moquegua, Arequipa y Tacna, mediante Decreto Supremo Nº 128-2019-PCM, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que corresponda;[…]DECRETA: 

Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de algunas provincias del departamento de Puno, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.[…]

Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de Agricultura y Riego, la Ministra de Educación, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, la Ministra de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Energía y Minas, y la Ministra del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros.

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