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CGR: Informe del Jefe del OCI ante el Consejo Regional y el Concejo Municipal

La Resolución de Contraloría N.° 031-2023-CG, Directiva N° 002-2023-CG/PREVI “Informe del Jefe del Órgano de Control Institucional ante el Consejo Regional y el Concejo Municipal"

CGR: Informe del Jefe del OCI ante el Consejo Regional y el Concejo Municipal
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El 25-01-23, mediante, la Resolución de Contraloría N.° 031-2023-CG, se apruebó la Directiva N° 002-2023-CG/PREVI “Informe del Jefe del Órgano de Control Institucional ante el Consejo Regional y el Concejo Municipal”, en el marco de supervisar la presentación de informes a los consejos regionales o concejos municipales por parte de los jefes de los Órganos de Control Institucional responsables del control gubernamental de los respectivos gobiernos regionales y municipales; y, la Subgerencia de Prevención e Integridad, tiene por función, formular y proponer los documentos normativos y demás instrumentos que promuevan y permitan la implementación, funcionamiento y evaluación de la presentación de los citados informes, respectivamente.
 
En ese sentido dicha Directiva, tiene por finalidad, establecer las disposiciones que regulan el proceso de elaboración y presentación del Informe del Jefe del Órgano de Control Institucional ante el consejo regional o concejo municipal, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, el artículo 77 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 30 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respectivamente, con el propósito de informar las acciones desplegadas de lucha contra la corrupción e inconducta funcional, y tomar conocimiento de las denuncias, contribuyendo al ejercicio de las funciones de control y del estado del control del uso de los recursos y fondos públicos por parte del consejo regional o concejo municipal.
 
Sus objetivos son: i) Establecer las disposiciones que regulen el proceso de elaboración y presentación del Informe del Jefe del Órgano de Control Institucional ante el consejo regional o concejo municipal; identificando las obligaciones y responsabilidades que correspondan; y ii) Determinar la estructura del Informe el cual contiene información relevante y uniforme de los servicios de control y servicios relacionados que ejecutan los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control e información de la organización y recursos del Órgano de Control Institucional.
 
Es de cumplimiento obligatorio para:  Los gobiernos regionales.
 

Los gobiernos locales.
Los Órganos de Control Institucional, que tengan bajo su ámbito de control a los gobiernos regionales, municipalidades provinciales y municipalidades distritales.
Los órganos, incluidos los desconcentrados y las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República.

Cabe mencionar, que la referida Directiva, deja sin efecto la Resolución de Contraloría N° 549-2005-CG, que aprobó la Directiva N° 002-2005-CG/OCI-GSNC “Estructura y contenido del Informe Anual emitido por los Órganos de Control Regional y Local ante el Consejo Regional o Concejo Municipal”.
 
 

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