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Bancos de leche humana

Ley Nº 31633

Bancos de leche humana
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Mediante Ley Nº 31633 (Publ. 02-12-2022, Vig. 03-12-2022) se disponen los lineamientos generales para la implementación y desarrollo de los bancos de leche humana en el país, estos son parte de una estrategia de prestación de servicios de salud para la atención materno-infantil. En ese sentido, la leche humana se obtiene a través de la donación de madres aptas para este fin, y su distribución es gratuita y bajo prescripción médica. Así también, se prohíbe la comercialización de leche humana, así como el tráfico o uso no contemplado en la presente ley.
 

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