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Aplicativo para el Registro en el Control de Contratos de Consultoría en el Estado

Tiene por finalidad impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades del Estado

Aplicativo para el Registro en el Control de Contratos de Consultoría en el Estado
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La Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias, se señala que es atribución de la Contraloría la emisión de disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas y acciones contra la corrupción administrativa, a través del control gubernamental, promoviendo una cultura de honestidad y probidad de la gestión pública, así como la adopción de mecanismos de transparencia e integridad al interior de las entidades.
 
La Ley N° 31559, Ley que crea el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado, ésta tiene por finalidad impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades del Estado; teniendo como ámbito de aplicación a todas las entidades sujetas a control por el Sistema Nacional de Control,
Mediante la Resolución Nº 310-2022 se aprobó la Directiva N° 022-2022-CG/ANDAT, que establece las “Disposiciones sobre el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”; regula el proceso de registro de información, estructura del contenido, responsabilidades, actividades y publicidad sobre contratos de consultoría, asesoría, estudios técnicos, supervisiones, proyectos, y similares, para las entidades sujetas a control, realizadas por personas naturales o jurídicas, independientemente de la modalidad de contratación.
La referida Directiva, es de obligatorio cumplimiento para:

Las unidades orgánicas y órganos, incluidos los desconcentrados, de la Contraloría, de acuerdo a su competencia funcional.
Los Órganos de Control Institucional.
Las entidades sujetas a control por el Sistema Nacional de Control, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias.

El Sistema de Registro de Información para el Control de Contratos de Consultoría del Estado (SIRICC), es el aplicativo informático de la Contraloría a través del cual se implementa el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado, en el cual, las entidades efectúan el registro electrónico de la información sobre los contratos de consultoría suscritos, en el marco de la interoperabilidad con otros sistemas de información e información registrada por parte de las entidades; lo cual permitirá impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades del Estado.
El registro de información por parte de las entidades a través del SIRICC es obligatorio. Asimismo, el registro de información por parte de las entidades a través del SIRICC es obligatorio. Además, en forma automática genera reportes, que son documentos que contienen información acumulada y/o detallada respecto de los contratos de consultoría
Los contratos de consultoría implica; contratos de servicios de consultoría, asesoría, estudios técnicos, supervisiones, proyectos, investigaciones auditorías, diseños, inspecciones y similares, realizados para el Estado peruano, conforme al Clasificador Económico de Gastos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a lo siguiente:

2.3.2.7.1 Servicios de consultorías y similares desarrollados por personas jurídicas.
2.3.2.7.2 Servicios de consultorías y similares desarrollados por personas naturales.

En adición, se incluye los contratos de consultoría celebrados para la ejecución de inversiones, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Dichas partidas contienen datos referentes a:

Consultorías.
Estudios.
Investigaciones.
Diseño de metodología, reformas y similares.
Servicios complementarios de salud.
Asesorías legales.
Supervisiones.
Diseños.
Inspecciones.
Proyectos.
Entre otros similares.

El Funcionario Responsable de Transparencia, con participación del órgano o unidad orgánica encargada de recabar la información, identifican y proporcionan la información y documentación de sustento sobre los contratos de consultoría a efectos de que se realice su registro en el SIRICC, en forma permanente y oportuna. Dicho registro comprende como mínimo, la siguiente información o la que haga sus veces.

Área usuaria que solicita la contratación.
Responsable del área usuaria.
Pedido del área usuaria en concordancia con el Plan Anual de Contrataciones.
Términos de referencia definitivos de la contratación.
Persona natural o jurídica que contrata y/o desarrolla el servicio solicitado. Debe incluirse los nombres y el documento nacional de identidad de la persona natural, así como de todos los accionistas, apoderados, representantes, gerente general, en los casos de las personas jurídicas. En ambos casos, el Registro Único de Contribuyente.
Contrato, garantías y adendas, de ser el caso, así como el funcionario responsable de los mismos.
Listado de entregables y/o productos en el marco de la contratación, adjuntado los mismos, según corresponda.
Conformidad de la prestación del servicio.
Pagos realizados en el marco de la contratación.
Estado de controversia (conciliación, arbitraje, procesos judiciales y medidas cautelares, de ser el caso.)
Descripción del estado situacional de la contratación
Si el contratista está inscrito en el registro de proveedores sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.
Penalidades aplicadas.
Ampliaciones de plazo u otro.

El registro de la información respecto a los actos correspondientes a los contratos de consultoría se realiza en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de haberse efectuado u ocurrido.
Dentro del plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de comunicación de la habilitación del SIRICC, el Titular de la entidad genera el usuario de acceso del Funcionario Responsable de Transparencia designado, el cual se encontrará encargado del registro de la información en el citado aplicativo informático.
 

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