“Las preguntas de los exámenes de conocimientos, y sus respuestas, que se hayan empleado o utilizado en los concursos públicos de méritos ejecutados en las entidades de la Administración Pública constituyen información de naturaleza pública dado a que no se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1682, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para habilitar, garantizar y fortalecer el funcionamiento de la escuela nacional de administración pública - ENAP”.
RESOLUCIÓN Nº 002942-2026-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
Precedente administrativo de observancia obligatoria
